Canal Interno de Información

Canal Interno de Información

1. Objeto

ETHICS CONSULTING AUDITORS, S.L. ha implantado un Sistema interno de información para permitir la comunicación de acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea, infracciones penales o administrativas graves o muy graves, así como incumplimientos normativos comprendidos en el ámbito de la Ley 2/2023, de 20 de febrero. La ley exige disponer de un sistema interno de información y de un procedimiento de gestión, y que la información sobre su uso sea clara y accesible.

2. ¿Quién puede utilizar este canal?

Podrán utilizar este canal, entre otros:

  • socios, administradores y personal de la firma;
  • exempleados;
  • candidatos en procesos de selección;
  • autónomos, colaboradores, proveedores, subcontratistas y personas vinculadas profesionalmente con la firma;
  • cualquier persona que haya obtenido información en un contexto laboral o profesional relacionado con la entidad.

Ese ámbito subjetivo forma parte del sistema de protección previsto en la Ley 2/2023.

3. Qué puede comunicarse

A través de este canal podrán comunicarse, de buena fe y con base razonable, hechos o sospechas relativos a:

  • infracciones penales;
  • infracciones administrativas graves o muy graves;
  • incumplimientos del Derecho de la Unión Europea incluidos en el ámbito de la Ley 2/2023;
  • conductas contrarias a la normativa aplicable a la actividad de la firma cuando entren dentro del ámbito del sistema.

No deben utilizarse estos canales para incidencias comerciales ordinarias, consultas generales o reclamaciones que dispongan de un cauce específico distinto. La Ley 2/2023 centra estos sistemas en infracciones relevantes y en el procedimiento de gestión de las informaciones recibidas.

4. Cómo presentar una comunicación

Las comunicaciones podrán presentarse:

Por escrito

  • mediante el formulario habilitado en esta página: [insertar enlace o formulario]
  • por correo electrónico a: [canal@tudominio.com]
  • por correo postal a: [domicilio social completo], indicando en el sobre: “Confidencial. Sistema interno de información”.

Verbalmente

La Ley 2/2023 exige que el canal permita comunicaciones por escrito y también verbalmente, incluida la posibilidad de reunión a solicitud del informante.

5. Comunicaciones anónimas

Este canal admite comunicaciones anónimas. La Ley 2/2023 prevé expresamente que el canal interno permita la presentación y posterior tramitación de comunicaciones anónimas.

6. Principios del sistema

La gestión del Sistema interno de información se regirá por los siguientes principios:

  • confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier tercero mencionado;
  • protección de datos personales;
  • prohibición de represalias;
  • tramitación diligente e imparcial;
  • respeto a la presunción de inocencia y al derecho de defensa de las personas afectadas;
  • independencia del responsable del sistema.

Estos son elementos nucleares del régimen legal del sistema interno de información.

7. Acuse de recibo y plazo de respuesta

Salvo que ello pueda comprometer la confidencialidad o que el informante renuncie a recibir comunicaciones, se remitirá acuse de recibo en un plazo máximo de 7 días naturales.

La respuesta sobre las actuaciones previstas o adoptadas se dará en un plazo máximo de 3 meses desde el acuse de recibo, salvo supuestos de especial complejidad. Ese contenido mínimo figura en el artículo 9 de la Ley 2/2023 y en el procedimiento institucional publicado por el BOE.

8. Responsable del Sistema

El Responsable del Sistema interno de información es:

[Nombre y apellidos]
[cargo]
[correo de contacto funcional, no personal]

La Ley 2/2023 exige la designación formal de un Responsable del Sistema.

9. Protección del informante

La firma prohíbe expresamente cualquier forma de represalia contra quien presente una comunicación de buena fe y con fundamento razonable, en los términos legalmente previstos.

No se tramitarán como protegidas las comunicaciones manifiestamente falsas o formuladas de mala fe, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder.

10. Protección de datos personales

Los datos personales tratados a través de este canal serán tratados exclusivamente para la gestión, investigación y resolución de las comunicaciones recibidas, conforme a la Ley 2/2023, al Reglamento (UE) 2016/679 y a la normativa española de protección de datos.

Puede consultarse información adicional sobre protección de datos en: [enlace a política de privacidad específica]. La ley exige incorporar garantías específicas de confidencialidad y tratamiento adecuado de datos.

11. Canal externo

Las personas informantes también pueden dirigirse al canal externo de la autoridad competente, conforme a la Ley 2/2023.

Información sobre el canal externo:
https://www.proteccioninformante.gob.es

La ley exige informar también sobre el canal externo y los recursos disponibles.

12. Aprobación y vigencia

Este Sistema interno de información y su procedimiento de gestión han sido aprobados por el órgano de administración de ETHICS CONSULTING AUDITORS, S.L. con fecha [dd/mm/aaaa].